DIOS

I. El Carlismo proclama como base sustancial de su Ideario político su fe en Dios Creador, Señor y Legislador tanto de los individuos como de las sociedades; en la Realeza de Jesucristo, fundamento de toda legítima autoridad, y en la Iglesia Católica, por El fundada, única verdadera.

II. En su consecuencia, asume el Derecho Público Cristiano integrado por el Derecho Natural, la Revelación y el Magisterio de la Iglesia, al que, bajo su exclusiva responsabilidad, ajustará sus normas de gobierno.

III. Por ello el Carlismo, consecuente con el ideal de NADA SIN DIOS proclama que no sólo al hombre sino también a toda organización social o política alcanza la obligación de cumplir los deberes para con Dios y con la Religión verdadera, por lo que el Estado debe:

a) Reverenciar públicamente a Dios como Supremo Señor y Legislador y profesar la Religión Católica, única verdadera y que además ha sido elemento determinante de nuestra nacionalidad, vínculo supremo de unidad de los pueblos hispánicos e ideal de su proyección en la historia universal.

b) Conformar las leyes y actos de gobierno a los principios naturales y cristianos enseñados e interpretados por el magisterio auténtico de la Iglesia Católica, procurando la instauración de estructuras políticas y sociales que, sirviendo al bien común temporal, faciliten al hombre la consecución de su fin último sobrenatural.

c) Preservar la general creencia religiosa del pueblo español frente a los ataques que puedan menoscabarla, sin perjuicio del debido respeto a los legítimos derechos de la persona y de los criterios que se deriven de las realidades sociológicas de la nación y en última instancia del bien común de los españoles y de la Iglesia Universal.

IV. El Estado y la Iglesia, como sociedades perfectas y soberanas en sus respectivos órdenes natural y sobrenatural concordarán, mediante los protocolos e instrumentos jurídicos idóneos sus mutuas relaciones y su respectiva intervención y competencia en aquellas materias en las que confluyan aspectos e intereses temporales y sobrenaturales.